«El Pleno de la JCE nos ha impedido legalmente participar en las primarias abiertas del próximo 06 de octubre», así lo informó este miércoles al país las direcciones de Alianza País y Opción Democrática.
Recordaron que Alianza País y Opción Democrática, el 4 de diciembre de 2018, comunicaron formalmente al Pleno de la Junta Central Electoral que sus órganos de dirección habían decidido elegir sus candidatos para las elecciones de febrero y mayo de 2020 “en Primarias con Padrón Abierto” especificando que lo harían desde una “Coalición de Partidos conforme las disposiciones del artículo 62 y siguientes de la Ley Electoral 275-97 y sus modificaciones”
El Pleno de la JCE, mediante su resolución 01/2019 del 22 del enero de 2019, se arrogó la facultad de prohibir lo que las leyes 33-18 y 275-97 no prohibían y procedió a rechazar la participación de Alianza País y Opción Democrática desde una coalición de partidos.
La JCE en su resolución 01/2019, entre otras arbitrariedades aplicó en el caso de Opción Democrática la disposición de la Ley 33-18 que prohíbe las alianzas a partidos de nuevo reconocimiento, a pesar de haberse demostrado de modo fehaciente que el reconocimiento de Opción Democrática se produjo en virtud de la Ley 275-97 por decisión del Tribunal Constitucional que constató la comisión por la JCE de un abuso de derecho contra Opción Democrática.
El 29 de enero, y siempre en el interés de participar en las primarias del 06 de octubre, Alianza País y Opción Democrática, interpusieron sendos recursos de reconsideración contra la resolución 01-2019, destacando, entre otras, que con posterioridad a evacuarse esta resolución se produjo un hecho nuevo que fue la promulgación de la Ley 15-19 del Régimen Electoral, que en su artículo 125 dispone que “Los partidos políticos, una vez constituidos, pueden fusionarse, aliarse o coaligarse…”.
Alianza País y Opción Democrática, apelando al juicio jurídico de los miembros del Pleno de la JCE, expusieron en sus recursos de reconsideración que la modificación
introducida por el citado artículo 125 eliminaba el impedimento invocado por la JCE en la resolución 01-2019 y que por tanto, en estas nuevas condiciones, nada impedía a Opción Democrática concertar alianzas y la participación de ambos partidos en las primarias en una coalición de partidos.
El Pleno de la JCE, en una actitud a todas luces hostil hacia nuestros dos partidos, el pasado 25 de marzo de 2019, produjo su resolución 02/2019 en la que, sin responder las consideraciones jurídicas planteadas, y sin referirse al hecho nuevo invocado sobre la derogación del numeral 12 del artículo 25 de la Ley de Partidos introducida por la Ley 15-19, en un acto claro de denegación de justicia decidió ratificar su resolución 01/2019 del 22 de enero y por tanto rechazar nuestra participación en las primarias del 06 de octubre en una coalición de partidos.
En razón de lo expuesto, es más que evidente que el Pleno de la JCE, con sus resoluciones 01/2019 y 02/2019 del 22 de enero y 25 de marzo de 2019, adoptadas en violación de la ley y de nuestros derechos políticos constitucionales, de modo arbitrario y antidemocrático ha decidido imposibilitar que Alianza País y Opción Democrática participen en las primarias abiertas del próximo 06 de octubre, desde una coalición de partidos.
Comunicamos a la sociedad dominicana que la actitud puesta de manifiesto por la JCE contra Alianza País y Opción Democrática, lejos de aminorar, viene a fortalecer nuestra determinación y compromiso con la democracia, el respeto de la legalidad y la institucionalidad y nos obliga aún más a agotar todos los recursos legales para revocar esta nueva vulneración y violación de nuestros derechos y a continuar impulsando y fortaleciendo la coalición de partidos y social que hemos anunciado y que nos convierte en una alternativa real para el cambio democrático en nuestro país.