SANTO DOMINGO, RD.-El expresidente Leonel Fernández no tiene impedimento constitucional ni legal para tener una candidatura con miras a la elecciones de 2020.
Así fue el fallo emitido este lunes por el Tribunal Superior Electoral -TSE-.
La alta corte explicó que tomó la decisión por votación mayoritaria de acoger la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 33-18, Electoral.
Asimismo, dijo que eran inaplicables para la solución del caso el reglamento de la JCE sobre candidaturas, que se imponían requisitos no exigidos por la Constitución.
“Acoger la excepción de inconstitucionalidad sometida por el codemandado Leonel Fernández Reyna a la cual se adhirió el PTD contra el artículo 49.4, de la Ley 33-18; el artículo 134 de la ley 15-19 y el artículo 10, parte infime del reglamento de la JCE sobre candidaturas, y en consecuencia declarar inaplicables a la solución del presente proceso dichos artículos por desconocer lo previsto en los artículos 22.1, 74.2 y 123 de la Constitución porque dichas disposiciones legales y reglamentarias imponen requisitos no exigidos en la Constitución de la Republica para ostentar una candidatura a un puesto de elección popular”, señala la decisión del TSE.