lunes, noviembre 25, 2024
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La ONDA ordena a Telecable Central suspender de inmediato la retransmisión de la programación de Univisión

SANTO DOMINGO.-La Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA) ordenó este lunes a la empresa Telecable Central la suspensión inmediata de la señal y contenido de la cadena de televisión norteamericana Univisión.

La decisión está contenida en la resolución número 006 – 2018, emitida por la ONDA, firmada por el director de la institución, doctor Trajano Santana s.

La medida fue notificada, mediante acto de alguacil a los ejecutivos de Telecable Central, en la provincia La Vega; Telemicro, canal 5, en la capital y a Univisión, representada en el país por el bufete de abogados Biaggi Messina. También fue notificada la empresa Lorac comunications.

La ONDA tomó la decisión luego que fuera apoderada por Univisión de una denuncia en el sentido de que Telecable Central estaba transmitiendo de manera ilegal su programación en República Dominicana.

Aseguró que solo la empresa Telemicro, canal 5, está autorizada a retransmitir su programación en República Dominicana.

Tan pronto recibió la denuncia, funcionarios del Departamento de Inspectoría de la ONDA viajaron a La Vega para verificar la veracidad de la denuncia.

Los inspectores de la ONDA se reunieron durante más de una hora con los ejecutivos de Cable Central y pasaron el caso al Departamento Legal de la institución, organismo que citó a las partes en conflicto para escuchar y recibir las pruebas de sus alegatos.

La ONDA dijo que dispuso la “suspensión cautelar inmediata de la retransmisión de la señal y contenido de Univisión hasta que tome una decisión definitiva sobre el conflicto.

Indicó que procedió de esa forma porque Telecable Central no presentó la documentación que demuestre su alegato de que posee un contrato que lo autoriza a retransmitir la programación de Univisión

“Lo cual impide a esta oficina determinar si la retransmisión o transmisión y comercialización de la referida señal satelital en su programación cuentan con la autorización expresa de su titular y de existir, para qué municipio, provincia y región ha sido autorizada a efectos de comercialización”.

Manifestó que “esta oficina ha verificado la apariencia de buen derecho y peligro de demora, respecto al hecho que se denuncia”, expresa la resolución de la ONDA.

La entidad gubernamental ordenó la remisión formal de la presente resolución a la Procuraduría General de la República para su conocimiento y fines de lugar.

“Esta resolución no es definitiva, por lo que, contra la misma, cabe interponer una reconsideración por ante la Oficina Nacional de Derecho de Autor y un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior Administrativo, ambos dentro del plazo de 30 días a contar desde el día de su notificación”, precisa la resolución.

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