SANTO DOMINGO.- El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) encabezado por el presidente, magistrado Milton Ray Guevara, declaró en estado de fallo siete expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, durante una audiencia pública virtual celebrada este martes 30 de junio.
Durante la audiencia, el órgano jurisdiccional declaró de urgencia los expedientes: TC-01-2020-0014 y TC-01-2020-0016 alusivos a recursos elevados contra aspectos de la Ley Orgánica de la Junta Central Electoral y la Ley Orgánica núm. 21-18 sobre regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución.
Asimismo, fue declarado de urgencia el expediente TC-01-2020-0018, relativo a la Resolución 002-2020, emitida por el Consejo del Poder Judicial.
En ese sentido, el TC dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0014, que tuvo al doctor José Gilberto Núñez Brun como accionante y atacó la Resolución núm. 42-2020, emitida por la JCE, el 13 de abril de 2020, sobre posposición a causa de fuerza mayor por emergencia sanitaria de las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales, Senatoriales y de Diputaciones y Diputados de Ultramar.
De igual forma quedó el expediente TC-01-2020-0016 en el que los licenciados Namphi A. Rodríguez y José Johnny Marte V atacaron los artículos 21 y 28, del párrafo I de la Ley Orgánica núm. 21-18, sobre Regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución de la República Dominicana, el 4 de junio de 2018.
El órgano jurisdiccional también declaró de urgencia, y dejó en estado de fallo, el expediente TC-01-2020-0018 en el que Juan Manuel García G. y Domingo Ramírez atacaron el artículo 1 de la Resolución núm. 002-2020, emitida por el Consejo del Poder Judicial el 19 de marzo de 2020.
En la audiencia pública quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0017, en el que los licenciados Francisco Manzano R., Salvador Catrain y César Ariel Sánchez atacaron los decretos 160-20 y 161-20, del 17 de mayo de 2020, emitidos por el Poder Ejecutivo, mediante los cuales se prorroga el estado de emergencia por 15 días y el mantenimiento de las medidas de distanciamiento social y extensión en el horario de toque de queda, y la resolución 65-20, del 15 de mayo de 2020, que autoriza al Presidente de la República a prorrogar.
El TC declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0009, en el que Ramón Bernardo Olivares Bonifacio actuó contra el artículo 252, literal b) del Código Tributario Dominicano, modificado por la Ley núm. 147-00, del 27 de diciembre de 2000.
En tanto que se le concedió cinco días de plazo a la parte interviniente del expediente TC-01-2020-0010 para justificar sus conclusiones. En el mismo, la Asociación Nacional de Detallistas de Combustibles Inc. (Anadegas) objetó los artículos 20, 22, 24 y 25 de la Ley núm. 17-19, sobre Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados, del 28 de febrero de 2019. Agotado el plazo, inicia el mismo período para las demás partes presentar réplicas y quedaría en estado de fallo.
Figuraron como intervinientes voluntarios de este caso Sociedad V-ENERGY, S.A.; Sociedad de Empresas de Combustibles y Derivados (SEC), Asociación de Industrias de la República Dominicana
(AIRD) y Asociación de Industrias Farmacéuticas Dominicanas (INFADOMI); y Ministerio de
Industria, Comercio & Mipymes
También se quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0015, en el que V Energy, S. A. actuó contra la Resolución núm. 21/96, emitida por el Ayuntamiento del Distrito Nacional el 8 de febrero de 1996.
Tomando en cuenta que hoy es Día Nacional del Maestro, el magistrado Milton Ray Guevara felicitó a todos los docentes de la República Dominicana en su nombre y en el de los jueces del Pleno que figuraron en la audiencia virtual: magistrado Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Víctor Joaquín Castellanos Pizano, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil, Wilson Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez, Miguel Valera Montero y el secretario Julio José Rojas Báez.